Eduardo Bertoni, director de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales y los abogados Martín Leguizamón y Sergio Mohadeb analizaron los derechos de los ciudadanos según la ley vigente. ¿Qué información puede figurar en las bases de datos en la web? ¿Con qué recursos legales cuentan los usuarios para proteger su intimidad?.
Luego de que se difundiera que el Anses firmó un convenio para el intercambio de datos con la Secretaría de Comunicación Pública se desató una polémica que puso sobre el tapete varias cuestiones vinculadas con la privacidad y la web. Fue una oportunidad para conocer la legislación vigente, comprender los derechos de los usuarios y, sobre todo, para analizar cuáles son los baches legales que se dan en estas cuestiones.
¿Es posible mantener cierta privacidad en la era digital? ¿Es legal que existan bases de datos con información personal de los usuarios?¿Cuáles son los derechos que tienen los ciudadanos para pedir que no se difunda o que se borre su información de ciertos sitios?
Por empezar, hay que establecer una diferencia entre los distintos tipos de entidades.
«Cuando se trata de cesión de datos entre organismos públicos, tal como lo establece la ley 15.326 de Protección de datos personales, nunca hay que pedir consentimiento. En el caso del anses son cesiones de datos personales entre organismos públicos y en ese caso no se necesita autorización», subrayó Eduardo Bertoni, director de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP),