Ley de Agroquímicos en la provincia de Buenos Aires

Por Alfonso Coll Areco. Senador de la Pcia. de Buenos Aires. Presidente de la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Ante el avance tecnológico en el modelo de producción agrícola y el impacto que este genera en nuestro ambiente, era imperioso abordar esta problemática mediante una legislación moderna y con miras al desarrollo sustentable.

Debemos entender por “ambiente” a la interacción de los elementos naturales, artificiales y culturales que permiten el desenvolvimiento equilibrado de la vida del hombre, es un sistema complejo y dinámico, constituido por elementos que interactúan y se condicionan entre sí.
En la provincia de Buenos Aires diversos municipios preocupados por la cuestión, y tratando de prevenir posibles daños, empezaron a dictar a través de sus Concejos Deliberantes, Ordenanzas para intentar regular los fitosanitarios.

Ante esta situación, y como presidente de la comisión de Ambiente y Desarrollo Sostenible del Senado provincial, sostengo que la legislatura bonaerense es el medio propicio para canalizar y dar respuesta a esta realidad.

Es por ello que el proyecto de ley que impulso, propone lograr un equilibrio entre la producción, el cuidado del ambiente y la salud humana. Resolviendo asimismo el conflicto que genera un sistema normativo difuso y con faltas de certeza. En este sentido, el proyecto presentado encuentra sus puntos centrales en la regulación de delimitación de zonas de exclusión y de amortiguamiento entre las zonas rurales y las zonas periurbanas. Es necesario informar sobre la aplicación, con cierta antelación a las autoridades y a productores que pudieren ser afectados en áreas periurbanas y en áreas rurales donde haya casos sensibles como en escuelas rurales, tambos, apiarios, etc, Es necesario delimitar la aplicación tanto terrestre como aérea.

El avance tecnológico en el modelo de producción agrícola en nuestro país, y en especial en nuestra provincia, merece gran preocupación porque junto a estos avances se incluyen las aplicaciones de productos biológicos o químicos en las formas en la que se aplica.
Al no tener como herramienta legislación actualizada sobre este tema, se genera una verdadera falta de conciencia, respecto del uso, aplicación y conocimiento sobre los productos, entre otras cuestiones. El espíritu de este proyecto de ley no es reducir la producción, sino lograr un equilibrio entre la producción, el cuidado del ambiente y la salud humana.

El derecho a tener un ambiente sano y apto para el desarrollo humanos, prevalece sobre la mayoría de los derechos. Satisfacer necesidades actuales no debe comprometer a las generaciones futuras. Debemos administrar nuestros recursos de manera responsable para que las generaciones venideras puedan contar con la misma disposición de recursos con la que contamos nosotros.

Tal como lo plasmaron los Constituyentes en el año 1994, en el Artículo 41º de la Constitución Nacional, y luego nuestra Provincia, en su Artículo 28º de la Constitución Provincial, debemos augurar por una producción agrícola segura y equilibrada con el medio ambiente.

Es sabido que las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, con una real preocupación por esta cuestión, y tratando de prevenir han empezado a dictar a través de sus Concejos Deliberantes ordenanzas para intentar regular los fitosanitarios por lo que esta situación merece ser atendida por el Poder Legislativo, brindando una normativa específica y actualizada.

El “desarrollo humano sustentable” debería constituir un límite para la actividad productiva en tanto esta comprometa al ambiente y a la calidad de vida de las generaciones futuras. Se debe generar una equidad intergeneracional explícita.
Recordemos una vez más que la cuestión ambiental no sólo pone en tela de juicio a los distintos ordenamientos normativos del mundo, sino también a la actitud del hombre ante la vida.

El bien protegido en esta ley es el de la “calidad de vida”, es un derecho humano de “tercera generación”. Promueve un medio ambiente sano, equilibrado y al patrimonio común de la humanidad que se funda en la idea de la solidaridad entre los hombres. Por ello decimos que la protección al medio ambiente y a la calidad de vida ya está en la letra de nuestra Carta Magna y de todos dependerá el hacerlos plenamente efectivos, darles vigencia real en un marco de Justicia y Equidad compatibilizándolo con el desarrollo del país. Es decir que la protección del medio ambiente es de todos o es de nadie, depende de cada uno de nosotros protegerlo de forma individual y en conjunto como sociedad, es decir de manera colectiva.
Actualmente, existe un contacto muy estrecho entre las prácticas fumigatorias y la población, en la interfaz agro-humana. Las modificaciones en el medio ambiente no demoran mucho tiempo en generar un cambio en el hábitat, e irremediablemente en nuestros cuerpos.

Los productos fitosanitarios de uso agropecuario pueden producir efectos tóxicos, tanto agudos como crónicos e incluso llegar a la muerte. El impacto sobre la salud humana deviene de exposiciones a bajas dosis, pero durante un tiempo prolongado. En síntesis, aun cuando la población desconociera que estuvieron expuestos, los problemas consecuentes pueden aparecer muchos años después de la exposición a pequeñas dosis de pesticidas.
El objetivo de esta ley es la propensión a la protección de la salud humana y de los ecosistemas, optimizando el manejo y la utilización de agroquímicos y tratando de evitar la contaminación del ambiente.

La situación actual de nuestro país en respecto a la utilización de agroquímicos es peligrosa. Hay una falta tangible de normativas, en cuanto a los límites y zonas de aplicación. Es peligroso en caso de que haya población cercana expuesta a estos químicos o cursos o cuerpos de agua cercana que sean de utilización humana y puedan llegar a ser consumidos. No hay legislaciones adecuadas a los territorios nacionales, basándose en sus características demográficas y geográficas, que delimite la aplicación tanto aérea como terrestre de agroquímicos en perímetros permitidos para proteger a los vecinos cercanos de las zonas de producción agrícola.

Entendiendo todo lo que implica el uso responsable de agroquímicos se llega a la conclusión de que esta tarea necesita del trabajo coordinado y en conjunto tanto de la Provincia como de los Municipios y de todos como habitantes de una misma sociedad, no por nosotros, sino que también por las generaciones futuras. Perjudicar el medio ambiente, es perjudicarse a uno mismo, ya que quienes alterar al medio ambiente, están alterando su propia vida.